lunes, 6 de agosto de 2012

Sucesión. Simulación y colación.

Tiene dicha la Cámara Civil que "El afectado por un acto simulado del causante no lo puede cuestionar en vida del simulador, pues mientras éste viva aquél carece de derecho actual dado que sin fallecido no hay herederos y la vocación recién se convierte en derecho en el instante de la muerte. En ese momento adquiere legitimación para impugnar los actos de la causante, en razón de que es en esa oportunidad cuando su esperanza se convierte en derecho. (Sumario N°20905 de la Base de Datos de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara Civil). Tipo de Fallo: L Sala: A Expte. Nº: A537750 Fecha: 18-04-11 Juez de Cámara: ÁLVAREZ JULIÁ. ARCE, Hugo Santiago c/ ARCE, Haydée Cristina Carmen s/ COLACIÓN

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