jueves, 2 de agosto de 2012

SUCESIÓN: PEDIDO DE ADN: NO PROCEDE


En una sucesión ab-intestato corresponde rechazar la petición de practicar prueba de ADN  a fin de probar el vínculo con el causante, toda vez que la prueba genética es ajena al trámite sucesorio, debiendo ocurrir el peticionante, en caso de considerarlo pertinente, por la vía y forma correspondiente. Ello así porque la finalidad de aquélla consiste en la determinación de los bienes que componen el acervo hereditario y de las personas que serán sus destinatarios, por lo que toda pretensión de los terceros o de los propios herederos que no tengan ese propósito excede el marco del mismo, pues desvirtúa su naturaleza voluntaria y su finalidad. SUMARIO Nº: 0021653 MFN:038104 RECURSO DE APELACIÓN. Providencia que ordena ocurrir por la vía y forma correspondiente. Prueba en la sucesión. (Sumario N°21653 de la Base de Datos de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara Civil). Tipo de Fallo: R Sala: K Expte. Nº: K022939 Fecha: 16-02-12 GONIK, Jacobo s/ SUCESIÓN AB-INTESTATO

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